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30/08 2024 El gobierno de la provincia de Santa Fe envió a la Legislatura un proyecto de reforma jubilatoria que entre sus principales puntos declara la emergencia del sistema previsional, aumenta el porcentaje de aportes de los trabajadores activos, al tiempo que reduce los haberes efectivos.

BUENOS AIRES (NA).- La iniciativa, que fue presentada el miércoles ante el Senado provincial, establece topes al beneficio previsional y modifica el sistema de pensión por viudez para quienes accedan a ese beneficio a edades tempranas, ya que se considera que la persona se encuentra en condiciones de trabajar.

El proyecto de 56 artículos, que impulsa el gobernador Maximiliano Pullaro, se debe al déficit que presenta el sistema provincial a causa de los fondos adeudados a la Caja de Jubilaciones por el Anses, y a la baja relación entre activos aportantes frente a los beneficiarios.

La iniciativa contempla un “aporte solidario por todo el tiempo que dure la emergencia”, que va desde el 2% al 6% sobre todos los beneficios que paga la Caja. El porcentaje depende del importe del beneficio, excluyendo a los que perciben menos de 2 haberes mínimos.

Además, establece un “aporte solidario del personal en actividad en cargos de conducción política o gabinete” ingresados desde el 11 de diciembre de 2023 del 2,77% durante 36 meses.

El aporte personal de los trabajadores activos pasa del 14,5% al 21%, en escalas progresivas dependiendo de los ingresos, al tiempo que la contribución del empleador provincial pasa del 17,2 al 19%.

Se crea un aporte de ingreso equivalente a la primera remuneración del empleado cuando ingresa, que se descuenta en 12 cuotas.

Además, otro aporte de “progreso en la carrera administrativa” equivalente a la diferencia salarial del trabajador cuando asciende, que se descuenta en 6 cuotas.

Junto con estos aportes se intenta modificar la forma de calcular el haber. Se toma la base de las remuneraciones actualizadas de los últimos 120 meses. A ese promedio se le hace un descuento del 20% en carácter de aporte solidario.

Sobre el resultante se aplica el 70% más 2% por cada año de servicio excedente por sobre el mínimo exigido. Se crea un pilar complementario para compensar haberes más bajos.

También se incluye una limitación temporal para el goce de pensiones: tendrán una duración equivalente a la duración del matrimonio o unión convivencial, salvo cuando la o el beneficiario/a tenga más de 55 años y no pueda demostrar otro medio de vida o que el cónyuge haya fallecido en ocasión y por causa del desempeño de sus funciones. En esos casos será vitalicia.

En el caso de las uniones convivenciales cuando no pueda demostrarse su duración, se otorgarán por el plazo máximo de 8 años.

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