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16/07 2024 El individuo recibió la máxima pena que puede otorgar un tribunal bajo la ley en Chile, pudiendo recién a los 40 años de cárcel optar a algún tipo de beneficio. (El Pinguino)

Ayer, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas dio a conocer la sentencia que deberá cumplir Carlos Elías Muñoz Cárcamo, quien fue procesado por el Ministerio Público como autor del delito de parricidio íntimo, con la agravante de ensañamiento.

Fue las 13 horas -como estaba agendado desde la semana pasada- cuando se conoció el pronunciamiento del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, que resolvió que el condenado por el femicidio de Raquel Díaz deberá cumplir la pena de presidio perpetuo calificado, es decir, el resto de su vida en prisión y con la posibilidad de acceder a algún tipo de beneficio recién cuando lleve 40 años de cumplida su condena.

El imputado, quien en todo momento se vio tranquilo, vio por cámara, a través de Zoom, la determinación del tribunal.

Fiscal

De acuerdo con lo señalado por la fiscal Wendoline Acuña, quien lideró el proceso investigativo junto a la PDI, es primera vez que en Magallanes se registra una condena tan alta por este hecho: “Muy satisfecha. Considero que es un éxito para la investigación que realizamos y, por sobre todo, una pena que se condice con la gravedad del crimen que se cometió en la persona de Raquel. De manera que esta pena, y según mi memoria, no tengo recuerdo de un perpetuo calificado con anterioridad, y es la manera de reparar de algún modo a la familia de Raquel por la pérdida de su vida”.

Agregó que “el otorgamiento o no de beneficios queda sujeto a una serie de requisitos. En este caso, cumplido los 40 años podría recién evaluarse, y optar a obtener algún tipo de beneficio, pero siempre sujeto al cumplimiento de factores que evalúen las autoridades”.

Sobre la primera condena de este tipo, indica que “es histórico. La verdad no había conocido un caso de perpetuo calificado en nuestra región, y se condice con la gravedad del crimen, con mucho compromiso en la investigación por parte de la policía y por el Ministerio Público”.

Por su parte, la abogada querellante, Natacha Oyarzún, dijo que “como parte acusadora, acusamos solicitando el presidio perpetuo calificado, y se hizo por el delito y las agravantes, como el ensañamiento, que el tribunal acogió. Ahora tenemos la parte resolutiva, que es la sentencia, y después hay que leerla para ver los fundamentos, y que ahora condena con la pena más alta que hay en nuestra legislación”.

La profesional añadió que “es una señal también y, probablemente, el origen es dar una señal a la comunidad de que este tipo de delitos no deben ocurrir y que el tribunal acoja la solicitud de la parte acusadora, porque da cuenta de cómo se ponderan estos hechos, que concluyen con la muerte de Raquel, la discapacidad que tenía Raquel, una serie de circunstancias que dieron cuenta del ensañamiento, y las pruebas que se presentaron y que dieron cuenta de una situación que generó gran sufrimiento”.

Para Natacha Oyarzún, “es una señal saber que la aplicación de justicia funciona. En este caso tenemos una condena que esperábamos. Los juicios generan un desgaste enorme en las víctimas, recordar un hecho, evidenciar un hecho y el dolor que esto causa. Como todas las personas que sufren un delito violento, declaran, quedan muy afectados. Es por esto que el Centro de Apoyo a Víctimas se encuentra acompañándolos a ellos desde un inicio, de manera que esto genere el menor impacto posible”.

Por su parte, Claudia Guerrero, representante del Programa “Mi Abogado”, quien respaldó a los hijos de la víctima, se mostró “conforme con el resultado del juicio. Se dio a conocer la sentencia, y se dictó una pena de presidio perpetuo calificado, que era lo que el Programa Mi Abogado estaba solicitando. El tribunal consideró las condenas anteriores del imputado, como una situación calificante de una extensión del mal causado, una situación importante de la poca posibilidad de la reinserción social del imputado, ahora condenado. Para nuestro representados, era el resultado que esperaban, fue un momento difícil, revivir toda la situación, momento muy crítico para la familia. Es por eso que la máxima pena impartida por parte del tribunal era lo que se esperaba y nos encontramos muy satisfecho que se haya acogido de esta manera”.

Hechos

Los hechos, presentados durante la acusación, se remontan a la noche del 12 y madrugada del 13 mayo del 2023 en el inmueble ubicado en Guairabo, sector de Agua Fresca, Punta Arenas, cuando el imputado Carlos Elías Muñoz Cárcamo atacó con un elemento contundente a su pareja, la víctima Raquel Díaz Jiménez, quedando ella herida gravemente. Luego la agredió con un cuchillo, asestando 10 estocadas cortopunzantes y penetrantes en su abdomen, al igual que una herida en su muslo izquierdo y manos de la víctima, ya que ésta intentó defenderse. Debido a este ataque, la mujer falleció en el lugar.

El imputado y la víctima habían acudido al lugar en horas de la tarde del 11 de mayo del año 2023, desde el domicilio de la víctima y en el vehículo de su propiedad, para compartir como pareja en el marco de la relación de confianza y cariño que supuestamente existía entre ellos.

Luego de cometer los hechos descritos, y con el objetivo de ocultarlo, el sentenciado introdujo el cuerpo de la víctima en dos sacos de polipropileno rojo, trasladándolo en el vehículo propiedad de Raquel Díaz, hasta la Reserva Magallanes, lugar donde arrojó el cuerpo por una quebrada, quedando en canal de agua y cubriendo el cuerpo con frazadas, ramas y un refrigerador.

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