BUENOS AIRES (NA).- El Congreso Nacional estableció en la citada ley que los cigarrillos tanto de producción nacional como importados tributarán sobre el precio al consumidor un gravamen del 73%.
En los considerandos de la resolución 5524/2024 publicada el viernes pasado, la AFIP comunica la norma complementaria para la determinación e ingresos del nuevo gravamen.
Recuerda que, por medio de la resolución General 2.445, se estableció el procedimiento para determinar e ingresar los impuestos internos y adicional de emergencia a los cigarrillos e informar los movimientos mensuales de los instrumentos fiscales de control.
Señala que por eso corresponde “disponer la utilización de una nueva versión del programa aplicativo Impuesto Interno y Adicional de Emergencia a los cigarrillos” para adecuarlo a la nueva ley de Bases.
También establece que se aplicará en las declaraciones juradas -originarias o rectificativas- que se efectúen desde dicha fecha, con lo cual se mantendrá el anterior aplicativo para las declaraciones de otros períodos fiscales.
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