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14/10 2026

La entrada en vigencia de la Ley 27.828, publicada en el Boletín Oficial el martes 13 de octubre, modificó las condiciones del régimen de Zona Fría y abrió un nuevo escenario para los usuarios de gas en Tierra del Fuego. Si bien la provincia continúa incluida entre las regiones alcanzadas por el beneficio, el descuento del 50% dejó de estar garantizado por ley y su continuidad dependerá de las decisiones que adopte el Gobierno nacional.

Uno de los cambios centrales de la normativa es que la bonificación quedará concentrada en el precio del gas y ya no abarcará otros componentes de la tarifa, como el transporte y la distribución. Esta modificación reduce la proporción del costo total cubierta por el subsidio y podría traducirse en facturas más elevadas para los hogares fueguinos.

De acuerdo con las estimaciones del Observatorio de Servicios Públicos de Energía de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, la reforma podría generar aumentos de entre el 27,5% y el 31,5% en las boletas de gas.

La diferencia radica en la base sobre la que se aplica el descuento. El nuevo esquema concentra la compensación en el precio del gas comercializado por los productores, conocido como precio en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST). Hasta ahora, el beneficio alcanzaba una base tarifaria más amplia, que contemplaba otros componentes incluidos en la factura.

En ese sentido, aunque se mantuviera una bonificación del 50% sobre el precio del gas, el descuento representaría una porción menor del importe total que pagan los usuarios. La tarifa también incluye los costos de transporte y distribución, además de impuestos y otros conceptos, por lo que la reducción del alcance del beneficio podría incrementar el monto final a abonar.

La reforma también modifica las condiciones de aplicación del subsidio. A partir de la nueva normativa, el Poder Ejecutivo nacional tendrá la facultad de establecer el porcentaje de bonificación y sus condiciones, con la posibilidad de mantenerlo, reducirlo o introducir modificaciones sin necesidad de aprobar una nueva ley en el Congreso.

Otro de los puntos alcanzados por la ley es el financiamiento del Fondo Fiduciario destinado a subsidiar los consumos residenciales de gas. El mecanismo seguirá sosteniéndose mediante un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas en el PIST, aunque el Gobierno nacional podrá aumentar o reducir ese porcentaje hasta en un 50% de su valor, según las necesidades de financiamiento.

La normativa, además, establece que el fondo continuará vigente hasta el 31 de diciembre de 2031. Cumplido ese plazo, finalizará el mecanismo de financiamiento previsto para el régimen de Zona Fría, salvo que se introduzcan nuevas modificaciones normativas.

En cuanto a los hogares beneficiarios, el esquema mantiene los subsidios energéticos focalizados. Según la información difundida sobre los cambios, los usuarios fueguinos inscriptos en el registro RASEF que continúen cumpliendo con los requisitos económicos podrán acceder a las bonificaciones que les correspondan, tanto por Zona Fría como por el régimen nacional de subsidios, de acuerdo con las condiciones de cada programa.

Sin embargo, la eliminación de la garantía legal del descuento del 50% introduce incertidumbre sobre el alcance que tendrá la asistencia en adelante. La continuidad de la provincia dentro del régimen no implica que las condiciones del beneficio se mantengan sin cambios, ya que tanto el porcentaje de bonificación como su aplicación quedarán sujetos a las decisiones del Ejecutivo nacional.

En Tierra del Fuego, donde el gas constituye un servicio esencial para calefaccionar las viviendas durante gran parte del año, las modificaciones adquieren especial relevancia. Las estimaciones de aumento anticipan una mayor presión sobre los presupuestos familiares, aunque el impacto concreto dependerá de la composición de cada factura y de las condiciones en las que se apliquen los subsidios.

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