Ibarra sobre el nuevo régimen penal juvenil.
El abogado analizó los alcances de la nueva normativa que establece la imputabilidad desde los 14 años. Sostuvo que el cambio no significa que los adolescentes necesariamente terminen privados de su libertad. Advirtió, sin embargo, que peleas con lesiones, daños e incluso la utilización de documentación falsa podrán generar consecuencias penales. También señaló que Tierra del Fuego deberá capacitar operadores y adecuar estructuras y normas para aplicar el nuevo régimen.
La entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil abrió el debate por la reducción de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Sin embargo, para el abogado riograndense Francisco Ibarra, uno de los principales cambios estará en situaciones mucho más cotidianas que los delitos graves que concentraron hasta ahora la discusión pública.
Una pelea entre adolescentes que termine con lesiones, daños contra un vehículo o un comercio e incluso la utilización de documentación falsa para ingresar a un boliche son algunos de los ejemplos mencionados por el letrado para explicar conductas que podrán generar consecuencias penales desde los 14 años.
“Esta norma no significa de ninguna manera que ahora vamos a llenar las cárceles con chicos de 14 o 16 años”, sostuvo Ibarra en declaraciones a la prensa.
Para el abogado, el eje central pasa por otro aspecto: “Lo que hace esta ley es generar responsabilidades”.
Según explicó, las consecuencias no recaerán exclusivamente sobre el adolescente, sino que determinadas situaciones también involucrarán a sus padres.
LAS CONSECUENCIAS NO SE LIMITAN A LA CÁRCEL
Ibarra utilizó el ejemplo de un adolescente que rompe el vidrio de un comercio para explicar cómo podría funcionar el nuevo sistema.
La respuesta, señaló, no necesariamente se limitará a que los padres paguen el daño ocasionado.
“Si no, el papito que tiene plata paga el vidrio y se acabó, y mañana va y rompe otro”, ejemplificó.
El régimen contempla diferentes respuestas de acuerdo con las características y gravedad del delito, por lo que estar sometido a un proceso penal no implica automáticamente que un adolescente vaya a quedar privado de su libertad.
Entre las alternativas aparecen mecanismos de reparación del daño, acompañamiento y restricciones para concurrir a determinados lugares o realizar determinadas actividades.
“La parte principal de la norma está en lo que es de medio para abajo, que es la reparación, la responsabilidad”, consideró Ibarra.
Una pelea a la salida de un colegio entre adolescentes de 14 o 15 años que termine con lesiones, por ejemplo, podrá generar una intervención penal.
“Antes eso no iba a ser considerado delito penal; hoy sí va a ser considerado delito penal”, explicó.
Lo mismo podría ocurrir frente a daños provocados contra automóviles, viviendas o comercios.
Ibarra mencionó además otra conducta que puede presentarse entre adolescentes: falsificar o utilizar documentación adulterada para ingresar a un boliche.
“Eso es un delito penal”, recordó.
¿ESTÁ PREPARADA TIERRA DEL FUEGO?
La aplicación concreta de la nueva normativa abre también el interrogante acerca de si Tierra del Fuego cuenta con las condiciones necesarias para afrontar el cambio.
A diferencia de otras jurisdicciones, Ibarra consideró que la provincia parte de una situación favorable en relación con la incidencia de delitos graves cometidos por menores.
“Tierra del Fuego es privilegiada respecto del resto del país”, afirmó.
El abogado aclaró que no hacía referencia a la cantidad de habitantes, sino a la naturaleza de la delincuencia juvenil existente en provincias como Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe o Tucumán.
“No me refiero a cantidad de habitantes, sino a la naturaleza de los delitos en los cuales participan menores. Eso no lo tenemos”, sostuvo.
También consideró favorable que la provincia cuente con un Poder Judicial relativamente joven y con una importante cantidad de profesionales del derecho.
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