USHUAIA.- La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que el Superior Tribunal de Justicia de la provincia revise la condena de 23 años de prisión impuesta en Río Grande en el año 2021 a Miguel Ángel Silveira Soto, por abusos sexuales contra dos menores.
El fallo se originó en un recurso de queja presentado por la Defensa Pública en 2022, que cuestionó la vigencia de la acción penal respecto de hechos ocurridos entre 1995 y 2000, antes de la reforma legal de 2011 en materia de prescripción.
Silveira Soto, de nacionalidad uruguaya, fue denunciado en 2016 y permaneció prófugo en su país hasta ser detenido y extraditado a la Argentina en 2021. Ese mismo año la Justicia fueguina lo condenó a una de las penas más altas dictadas en la provincia por delitos sexuales.
La controversia se centra en la aplicación de la Ley 26.705, conocida como “Ley Piazza”, que modificó el artículo 63 del Código Penal y estableció que el plazo de prescripción de determinados delitos sexuales contra menores comenzara a contarse desde que la víctima alcanzara la mayoría de edad. La norma no puede aplicarse retroactivamente en perjuicio del imputado, por lo que corresponde determinar qué régimen regía para los hechos denunciados.
El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego ya había modificado su criterio en otro caso (“Jiménez Jiménez”), fijando un plazo de prescripción de 12 años para abusos cometidos antes de la reforma de 2011. La Corte Suprema, al resolver ahora sobre el recurso de Silveira Soto, remitió al precedente “Ilarraz”, donde se estableció que los abusos sexuales no constituyen delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, no son imprescriptibles.
La decisión fue firmada por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. De prosperar la revisión y declararse prescripta la acción penal, la condena quedaría sin efecto y el detenido podría recuperar su libertad. Silveira Soto permanece alojado en la Unidad de Detención Nº1 de Río Grande.
La condena
En diciembre de 2021, el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande condenó a una pena de 23 años de prisión al hombre acusado de cometer el delito de abuso sexual contra dos menores de edad.
Los jueces lo consideraron autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, ambos doblemente agravados por haber sido cometidos por ascendiente en línea recta y contra menores de 18 años aprovechando la situación de convivencia.
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