USHUAIA. – La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó sin efecto una resolución del Superior Tribunal de Justicia de la provincia y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento en la causa “S. S. M. A.”, conforme al criterio establecido en el precedente “Ilarraz”.
El expediente involucra a un hombre cuya identidad se mantiene anonimizada para preservar a las víctimas. Había sido condenado a 23 años de prisión por delitos contra la integridad sexual por el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte. La sentencia había sido posteriormente confirmada por el Superior Tribunal de Justicia provincial.
Sin embargo, la Corte Suprema resolvió dejar sin efecto esa decisión y ordenó que el caso sea nuevamente analizado de acuerdo con los lineamientos fijados en la causa “Ilarraz”.
En ese precedente, resuelto el 1 de julio de 2025, el máximo tribunal nacional consideró prescripta la acción penal contra Justo José Ilarraz, quien había sido condenado en 2018 a 25 años de prisión por delitos contra la integridad sexual. La Corte dispuso entonces su sobreseimiento.
A partir de este nuevo fallo y del pedido formulado por la defensa, el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego ordenó la libertad del condenado, aunque bajo determinadas condiciones.
En ese marco, estableció reglas de conducta destinadas a garantizar su sujeción al proceso y dispuso medidas de protección para las víctimas.
Ahora, el Superior Tribunal deberá emitir un nuevo pronunciamiento y resolver la situación de la causa, particularmente en lo relacionado con el plazo de prescripción de la acción penal, aplicando los criterios establecidos por la Corte Suprema en el precedente “Ilarraz”.
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