El hecho tuvo lugar el 26 de marzo de 2023 en San Martín y Libertad en ocasión de que un joven salteño de apellido Romero, que llevaba poco tiempo en la provincia, tuvo un altercado callejero con dos chicas, en un episodio de versiones encontradas.
Las jovencitas llamaron a varios amigos que se encontraban intoxicados en un domicilio vecino de calle Beauvoir, iniciándose allí una brutal agresión en la que Romero recibió golpes y siete lesiones punzo cortantes en todo el cuerpo, debiendo buscar refugio en una casa de la zona donde incluso este grupo rompió los ventanales de la misma.
Por el hecho fueron imputadas inicialmente ocho personas pero quedaron detenidas solo dos; Elías Javier Sánchez y Juan Ignacio Barría Camargo, como co autores del hecho sumados a otros imputados que permanecieron en libertad.
En ese punto fue que la defensa de los imputados y la fiscalía acordaron una “reparación integral del daño” por la que ambos imputados pagaron a la víctima 1 millón 200mil pesos. Pagado eso el juez de la causa consideró nulo ese acuerdo y no lo homologó, por lo que ambos imputados siguieron detenidos y la víctima se fue de la provincia con el dinero pagado.
Los imputados recuperaron su libertad en marzo pasado dado que este acuerdo extendió los plazos de la causa y cumplieron el año detenidos sin un juicio efectivo, por lo que el Código Procesal de la provincia establece que deben quedar en libertad y en esa condición llegar al juicio.
De tal modo esta semana el Fiscal Mayor Martín Bramatti presentó el requerimiento de elevación a juicio para Sánchez, Barría Camargo y otros dos imputados; Camila Anahí Mullins y un menor de apellido Sánchez, todos por el delito de “tentativa de homicidio agravada por participación de 2 o más personas y por hacer partícipes a menores de edad”.
En este hecho además participaron otros dos menores de edad de 15 años los que fueron declarados inimnputables pero su participación en el hecho puede ser tomada como agravante igualmente, por lo que los imputados arriesgan una pena de prisión importante que puede exceder los 10 años.
Con este requerimiento el juez del caso ahora deberá proceder a la elevación de la causa al Tribunal de Juicio el cual dispondrá la fecha efectiva para el desarrollo del proceso oral.
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