AIRE LIBRE FM entrevistó al secretario del Juzgado Federal de Río Grande, Juan Vicente, para conocer en detalle la resolución de la Cámara de Apelaciones, respecto al tarifazo del gas. Aseveró el funcionario que en la próxima factura se registrará el aumento, pero aclaró que el mismo “no podrá ser retroactivo”.
Manifestó Vicente que el Estado provincial hizo una demanda para que se dejasen sin efecto los aumentos de las tarifas de gas dispuestas por ENARGAS y por la Secretaría de Energía. “Entramos en una etapa preliminar, precautoria, cautelar, en la cual la jueza dijo esta causa es muy compleja, va a demandar mucho análisis de todos los datos que tenemos, toda la información con la que contamos que implica conocer desde los costos de la obtención el gas hasta el traslado al usuario y lo que corresponde pagar. La jueza dijo: vamos a hacer lugar a las medidas que solicitó la parte demandante que fue que no se produjesen los cortes de servicios de aquellos que no pagaran sus facturas con motivo de estos nuevos aumentos”, mencionó Vicente y explicó que la Cámara de Comodoro en este caso convalidó la medida que sigue vigente. Por lo tanto “no se va a cortar el suministro de gas a nadie que tenga facturas impagas con estos aumentos”.
Cabe señalar que este fallo desestimó la segunda medida cautelar que solicitó la parte demandante que fue que se dejasen sin efecto esos aumentos hasta tanto se adoptase una solución definitiva. “La jueza hizo lugar entendiendo que era una causa compleja y que los aumentos podrían producir un daño en la ciudadanía. Lo que la Cámara de Apelaciones dijo la semana pasada fue que estaba bien impedir los cortes de suministro pero que no convalidaba la decisión de retrotraer los aumentos porque consideraba que con la medida de no corte de suministro era suficiente protección para los usuarios”, señaló Vicente. Por lo tanto, “a partir de ahora van a venir las facturas con aumento”.
Por último, y mencionando cómo continuará este proceso judicial, el doctor Vicente agregó: “El secretario indicó que la parte demandante tiene la posibilidad de apelar el fallo y si la Cámara de Apelaciones así lo considera podría elevarse a la Corte Suprema de Justicia que es la instancia última que tiene revisión en este asunto”.
() Aire Libre FM 96.3:
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